El 10 de marzo empezó el Ramadán (hasta el próximo 9 de abril del 2024) y desde entonces ha circulado información en las redes sociales sobre como siguen esta festividad los alumnos musulmanes, sobre lo que hacen y lo que permiten las escuelas. Algunos de estos rumores afirman que los centros educativos obligan al alumnado no musulmán a hacer ayuno, otros han dicho que el que sí sigue el ayuno tiene permiso para faltar a clase y no hacer exámenes durante el Ramadán.
El primer rumor es falso, no hay legislación que diga que las escuelas deban obligar a los alumnos no musulmanes a practicar el ayuno. Por otro lado, es cierto que los alumnos musulmanes están exentos de asistir a clase, pero solo durante festividades religiosas —como el fin del Ramadán—, no durante todo el mes.
Ninguna obligación para los alumnos no musulmanes
Una de las publicaciones virales asegura que los alumnos no musulmanes se ven obligados por los centros a seguir el ayuno durante el Ramadán y enlaza una noticia del diario Segre. Pero si entramos al artículo y lo leemos, podemos ver que en ningún caso dice nada de los alumnos que no profesan el islam. Tampoco hay ninguna ley que afirme tal cosa.
Así mismo, esta información falsa no es la única que ha circulado estos últimos días. Diversos mensajes virales en el País Vasco afirman, sin ninguna prueba, que los colegios han prohibido a todo el alumnado comer durante el recreo con motivo del Ramadán. El Departamento de Educación vasco ha confirmado a Maldita, miembro de la International Fact-Checking Network (IFCN) como Verificat, que no hay ninguna prohibición de este tipo en vigor.
Permiso para faltar a clase solo durante festividades religiosas
El artículo 12.3 de la ley 26/1992 dice que los alumnos musulmanes de centros públicos o concertados pueden faltar a clase y no hacer exámenes en festividades religiosas. El Id al-Fitr —que celebra la culminación del ayuno del Ramadán— es una de las fiestas que recoge la ley. Por lo tanto, la ley ofrece la posibilidad que los alumnos que lo soliciten puedan faltar a clase y no hacer exámenes los viernes durante el Ramadán o en el día en que se acaba el ayuno (que es el día festivo). Por lo tanto, es engañoso que los alumnos puedan faltar a clase todo el mes del Ramadán.
Además, la ley que detalla los derechos que tienen los alumnos musulmanes respecto a la celebración del Ramadán no es nueva. Aunque esta información se haya difundido ahora y se refiera a Cataluña, depende de una ley del año 1992 de carácter estatal, por la cual se aprobó el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España. Diversas guías explican que hay centros que piden la justificación de la ausencia con antelación para así poder programar y adaptar las actividades docentes. Así mismo, las guías insisten en que la ausencia por festividad religiosa se entienden siempre como justificadas y, por lo tanto, no deben ser penalizadas ni recriminadas. De la misma manera, si se solicita y con una justificación familiar, los comedores escolares públicos procurarán adaptarse a las necesidades de los alumnos musulmanes practicantes y al horario de comidas durante el Ramadán.